En los contratos de riesgo compartido se mitiga el riesgo entre Aplazame y el comercio. Se activa cuando un impago tiene una antigüedad superior a 60 días. Si el impago se produce en la primera o segunda cuota, las asumirá el comercio. Si se produce a partir de la tercera cuota, Aplazame asumirá un máximo de dos cuotas impagadas y el resto las asumirá el comercio.
Las condiciones del modelo de riesgo compartido se aplican para comercios que prestan servicios (por ejemplo, formación). Si tienes dudas, ponte en contacto con nosotros.